Restricciones y posibles dudas respecto al Estado de Alarma

El Gobierno de España ha aprobado un decreto ley en el que se detallan las medidas tomadas por el ESTADO DE ALARMA.

Ante las restricciones impuestas a la ciudadanía, pueden surgir dudas sobre qué se puede hacer y qué no.

Desde el Área de Seguridad del Ayuntamiento de Guía de Isora, te aclaramos las principales dudas.

¿Se puede salir a la calle?

La recomendación general es quedarse en casa. Solo se puede salir de uno en uno, a no ser que sea para acompañar a alguien con discapacidad o problemas de movilidad en los siguientes supuestos:

– Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

– Asistencia a centros sanitarios.

– Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

– Retorno al lugar de residencia habitual.

– Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

– Desplazamiento a entidades financieras

– Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

– Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

¿Se puede usar el coche?

Se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras.

¿Se puede correr o hacer deporte en la calle?

No, tampoco de forma individual. No entra en uno de los supuestos justificados para salir a la calle.

¿Estarán abiertas las tiendas de alimentos, supermercados y similares?

Sí, como servicio esencial.

¿Qué otros establecimientos están abiertos?

Alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad

Establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos

Productos higiénicos

Peluquerías

Prensa y papelería

Combustible para la automoción

Estancos

Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones

Alimentos para animales de compañía

Comercio por internet, telefónico o correspondencia

Tintorerías y lavanderías.

¿Los suministros a tiendas de alimentos y supermercados están asegurados?

Sí, la distribución alimentaria está considerada un servicio esencial y se coordina con las plataformas de distribución la llegada de productos básicos.

¿Qué normas hay que seguir para hacer la compra?

Evitar aglomeraciones y mantener un metro de distancia entre personas. Además se prohíbe consumir alimentos en las tiendas.
La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté
permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan
realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad.

¿Puedo quedar con gente en la calle?

No. El decreto recomienda salir a la calle de forma individual, a no ser que sea para acompañar a alguien que lo necesite, por lo que no se puede quedar para socializar en la calle.

¿Puedo llevar a los niños al parque?

No. Se recomienda que los niños permanezcan en casa. De hecho, se han cerrado todos los Parques Infantiles.

¿Puedo ir a ver a mi familiar / amigo / vecino a su casa?

No. Se recomienda no salir de casa tampoco para ir a visitar a amigos, ya que de esta forma se propagaría el virus y no es un supuesto que entre dentro de las excepciones de movilidad.

Pero no dejes por favor de hablar con tus seres queridos por teléfono, redes sociales, mensajes o vídeo llamada.

¿Puedo visitar a mis familiares dependientes?
Sí, para garantizar la atención que necesiten. Este es uno de los supuestos en el que se pueden realizar visitas domiciliarias.

Soy persona dependiente. ¿La persona que me asiste podrá venir?

Sí, forma parte de los servicios esenciales que se permiten.

¿Puedo sacar a pasear a mi perro?

Sí, manteniendo las distancias y medidas de protección y seguridad.
Sacar a la calle a los animales domésticos es una de las excepciones a la restricción de uso del espacio público.

Eso sí, desde el Gobierno instan a “utilizar el sentido común”, sacar a pasear a las mascotas de forma individual y que esto no se utilice como una forma de paseo.

¿Puedo ir a bares y restaurantes?

Están cerrados.

¿Puedo ir al cine o teatro?

Están cerrados.

¿La biblioteca / museos / centros cívicos están abiertos? ¿Puedo ir?

Están cerrados.

¿Pueden salir los periodistas a la calle para informar?

Los periodistas podrán moverse para desarrollar su trabajo y seguir informando a la ciudadanía de lo que ocurre durante esta crisis.

También permanecerán abiertos los quioscos de prensa.

¿Puedo ir a misa?

Las Iglesias están cerradas.

¿Se puede asistir a un velatorio? Sólo si es familiar cercano.

Recordamos que los cementerios municipales permanecen cerrados. Solo se abrirán para entierros y limitando el acceso a los más allegados.

¿Los centros comerciales estarán abiertos?

No, sólo los dedicados exclusivamente a productos alimenticios, de higiene o limpieza o los espacios de los centros comerciales dedicados a estos productos.

¿Las tiendas en general pueden abrir?

No. Todos los establecimientos considerados no esenciales se cierran.

¿Puedo comprar comida online?

El decreto permite el envío de comida a domicilio y no restringe el comercio online, telefónico ni los envíos postales.

Tengo una cita médica. ¿Puedo ir? Si, consulte si no ha sido anulada.

Recordamos que también se ha procedido al cierre de las playas del municipio así como de las Áreas Recreativas.

El Ayuntamiento  mantiene operativos los servicios municipales y la atención al público restringida con CITA PREVIA.

Tfno Ayuntamiento: 922 85 01 00

Tfno S.A.C. Playa San Juan: 922 13 89 15

Servicios Sociales: 922850100 (3219)
Empleo: 922852324
Oficina Técnica: 922850100 (3207)
Policía Local: 922850101

Recomendamos seguir la información a través de los medios oficiales y en caso de tener síntomas del Coronavirus, llamar al teléfono habilitado por el Gobierno de Canarias: 900112061

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