Desde el día 11 hasta el 24 de enero de 2024 se abre el plazo de presentación de solicitudes para la subvención destinada a alumnado matriculado en enseñanza postobligatoria 2024.
Tras la modificación de de la Convocatoria, en Junta de Gobierno Local 15/12/2024, de los BENEFICIARIOS y PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES, se establece un nuevo plazo de presentación de solicitudes publicado en el BOP número 5 de fecha 10 de enero de 2024, indicando en la modificación lo siguiente:
Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios/as las personas descritas y bajo las condiciones previstas en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario el 14 de junio de 2006.
Podrán solicitar las ayudas objeto de esta convocatoria el beneficiario si es mayor de edad o el padre/madre o tutor legal de alumnos/as en quienes concurran las siguientes circunstancias:
1)Que el beneficiario/a se encuentre empadronado en el municipio de Guía de Isora con al menos un año de antigüedad en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y que aparezca en la misma hoja padronal con el padre/madre o su tutor/a legal, siempre que sea menor de edad. La administración acreditará dicha situación con el padrón municipal.
2)Que el beneficiario/a esté cursando estudios en Enseñanza Postobligatoria, en centros educativos de carácter público o privados.
3)Que el beneficiario/a se encuentre matriculado en Enseñanza Postobligatoria:
– Estudios Universitarios( Grado, Máster y Doctorado) o Ciclos de Formación Profesional, Bachillerato o equivalente
4)Requisitos académicos:
-Haber superado como mínimo el 50% de los créditos en los que se encontraba matriculado/a el curso escolar anterior.
Podrán ser beneficiarios/as las personas descritas y bajo las condiciones previstas en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario el 14 de junio de 2006.
Podrán solicitar las ayudas objeto de esta convocatoria el beneficiario si es mayor de edad o el padre/madre o tutor legal de alumnos/as en quienes concurran las siguientes circunstancias:
1)Que el beneficiario/a se encuentre empadronado en el municipio de Guía de Isora con al menos un año de antigüedad en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y que aparezca en la misma hoja padronal con el padre/madre o su tutor/a legal, siempre que sea menor de edad. La administración acreditará dicha situación con el padrón municipal.
2)Que el beneficiario/a esté cursando estudios en Enseñanza Postobligatoria, en centros educativos de carácter público o privados.
3)Que el beneficiario/a se encuentre matriculado en Enseñanza Postobligatoria:
– Estudios Universitarios( Grado, Máster y Doctorado) o Ciclos de Formación Profesional, Bachillerato o equivalente
4)Requisitos académicos:
-Haber superado como mínimo el 50% de los créditos en los que se encontraba matriculado/a el curso escolar anterior.
Plazo de justificación de las subvenciones.
Establecer el plazo de presentación de la documentación justificativa de las subvenciones concedidas hasta el 12 de julio de 2024.
Establecer el plazo de presentación de la documentación justificativa de las subvenciones concedidas hasta el 12 de julio de 2024.
Mas Información:
https://www.guiadeisora.org/
Cita previa 922850100